Comunicado
Habilitación de Consultorios
Ante las diversas consultas de los Colegas que atienden pacientes con discapacidad respecto a la habilitación de consultorio brindamos la siguiente información.
Ante las diversas consultas de los Colegas que atienden pacientes con discapacidad respecto a la habilitación de consultorio informamos que en primer lugar, la Ley 7701 de Ejercicio Profesional de nuestro Colegio no tiene contemplada esta acción por parte de la entidad.
En segundo término, comunicamos que desde el Consejo Directivo conjuntamente con la Asesora Legal y con la participación de las reuniones de la Comisión de Salud de AEPUER, se ha estado trabajando el tema realizando las averiguaciones pertinentes en la normativa de la Superintendencia de Servicios de Salud de la Nación, que regula las prestaciones de las Obras Sociales y que solicita a las mismas la habilitación de consultorios dentro del plan de atención a la discapacidad para el 2020. Este requisito está enmarcado en la Resolución Nº 1086 de fecha 15/7/19 del Ministerio de Salud de la Nación, la misma establece las Directrices de organización y funcionamiento para consultorios individuales, policonsultorios y servicios de atención ambulatorio. Para cumplimentar esta normativa el profesional debe requerir en la Secretaria de Salud de la Provincia de E.Ríos Departamento Atención Médica (25 de mayo Nº 139 Piso 1º Oficinas 13,14 y 15 Paraná) el instructivo correspondiente de acuerdo a la especificidad del tipo de atención que brindan a sus pacientes, ( ej.: estimulación temprana, discapacidad motriz, estimulación neurocognitiva).
A disposición ante cualquier duda al respecto.
Un saludo cordial.-
CONSEJO DIRECTIVO
Comentario sobre la novedad