A continuación se informa la Resolución.
RESOLUCIÓN N° 23 A.G.O.
10 de septiembre de 2024
Visto
La Ley 7701 en sus artículos: 4° inc. 15, 17 y 18, 5° inc. 1 y 2, 22° inc. 1 y 4.
La Resol. N° 22 A.G.O. de fecha 04/09/2023
La Resol. 243/09 de fecha 20/08/2009
Considerando
Que en el presente año se considera la conveniencia de la realización de la Asamblea Ordinaria con modalidad virtual y presencial para garantizar la participación del colectivo de matriculados.
Que el Consejo Directivo en su carácter de administrador del Colegio debe propiciar equidad ante la actual situación socioeconómica.
Que ante la situación mencionada y los valores económicos desfasados, el Consejo Directivo presenta varias propuestas a la Asamblea Ordinaria respecto a:
A) Actualización del Arancel Ético Mínimo, mociones propuestas del Consejo Directivo:
1- Actualizar en septiembre de 2024 a $14000
2- Actualizar en septiembre de 2024 a $15000
3- Actualizar en septiembre de 2024 a $16000
B) Establecer un valor para la negociación con obras sociales, mociones propuestas del Consejo Directivo:
1- $15000
2- $15800
3- $16500
C) Facultar al Consejo Directivo en caso de ser necesario una nueva actualización de los aranceles.
D) Aprobar el pre-proyecto de modificación de la sede del CoPspER.
E) Aprobar la venta de la propiedad ubicada en calle Tomás Guido al solo efecto de poder llevar a cabo el proyecto de modificación de la sede del CoPspER.
Por eso, la Asamblea Anual Ordinaria del Colegio de Psicopedagogos de Entre Ríos, resuelve:
Art.1) Aprobar y fijar el Arancel Ético Mínimo a partir del mes de septiembre de 2024 en $15000.
Art.2) Aprobar y fijar el arancel para la negociación con obras sociales en $16500.
Art. 3) Facultar al Consejo Directivo a realizar modificaciones en los aranceles.
Art. 4) Aprobar estos valores referenciales para el marco de negociación para las prestaciones arancelarias en los convenios existentes, en este caso respetando los plazos establecidos en los mismos y los nuevos a establecer con las obras sociales gerenciadoras y prepagas.
Art. 5) Aprobar el pre-proyecto de modificación de la sede del CoPspER.
Art. 6) Aprobar la venta de la propiedad ubicada en calle Tomás Guido con el fin específico de invertir el dinero en la modificación de la sede del CoPspER, ubicada en Calle Feliciano 374 Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos
Art. 7) Registrar, comunicar y archivar.-
Lic. Rocío S. Albornoz Psp. Rita Raquel Vuoto
Secretaria CoPspER Presidente CoPspER